El Tribunal Supremo tumba el artículo contra la sodomía
Tras años de lucha de Caleb Orozco, el tribunal tumba la prohibición colonial de la sodomía.
El 10 de agosto de 2016, el Tribunal Supremo de Belice declaró inconstitucional la prohibición de la época colonial de los actos sexuales entre personas del mismo sexo. El presidente del tribunal, Kenneth Benjamin, falló en el caso Caleb Orozco contra el Attorney General of Belize que la sección 53 del Código Penal vulneraba los derechos constitucionalmente garantizados a la dignidad humana, la intimidad, la igualdad ante la ley y la protección contra la discriminación.
La sección 53 procedía de la época colonial británica y castigaba las «relaciones carnales contra natura» con una pena máxima de diez años de prisión. Las condenas eran raras, pero la ley servía en muchos lugares para legitimar la discriminación social e institucional de las personas queer.
La demanda la había presentado ya en 2010 Caleb Orozco, director del United Belize Advocacy Movement (UNIBAM). Recibió apoyo, entre otros, del Human Dignity Trust, de la Comisión Internacional de Juristas y de la Commonwealth Lawyers Association; la Iglesia católica de Belice y organizaciones estadounidenses se situaron en el bando contrario. La presidenta de UNIBAM, Simone Hill, habló tras la sentencia de una victoria para los derechos humanos de todas las ciudadanas y ciudadanos de Belice.
En la sentencia, el presidente Benjamin amplió además la interpretación del término «sexo» en la Constitución de Belice para incluir la orientación sexual. El gobierno del primer ministro Dean Barrow renunció a recurrir.
Belice fue así el primer país del Caribe anglófono cuyo tribunal supremo declaró inconstitucional una prohibición así. Ya en 1991, el Parlamento de Bahamas había despenalizado los actos consentidos entre personas del mismo sexo, pero por vía legislativa y no judicial. Las y los activistas esperaban que la sentencia de Belice favoreciera procesos similares en Jamaica y otros países del Caribe anglófono.